«FECHA Y HORA DE CIERRE PARA LA RECEPCIÓN DE OFERTAS: 09 SEPTIEMBRE DEL 2025 A LAS 5:00 P.M.»
Entidad Convocante:
Financiera Desyfin S.A.
Identificación o código de referencia del bien:
Lote para construir ubicado en San José, La Uruca, Residencial La Alborada
(Código BR-009-SJ)
Objeto del concurso:
El inmueble consiste en un lote con vocación residencial apto para construir, inscrito en el Registro Inmobiliario bajo la matrícula 1-340636-000 y amparado por el plano catastrado SJ-1557410-2012, con un área de setecientos sesenta y nueve metros cuadrados (769,00 m²). Se localiza en San José, distrito La Uruca, Residencial La Alborada, un entorno urbano consolidado de clase media–alta, caracterizado por edificaciones heterogéneas en arquitectura, metraje y materiales, lo que abre espacio a propuestas de diseño. El residencial cuenta con varias salidas, y uno de sus accesos actualmente opera con control de seguridad privada.
Por su aptitud constructiva y ubicación, el lote resulta idóneo para un proyecto de vivienda unifamiliar o de baja densidad, sujeto a las condiciones del uso de suelo municipal y demás permisos aplicables. Sus dimensiones y configuración favorecen un aprovechamiento eficiente dentro de un tejido residencial demandado y bien conectado, con potencial de valorización por la dinámica del sector.
DESCRIPCIÓN DE LOS INMUEBLES
Ubicación:
Datos registrales de los inmuebles:
PROPIEDAD | MATRÍCULA | PLANO | MEDIDA | UBICACIÓN |
Lote para construir | 1-340636-000 | SJ-1557410-2012 | 769 m² | San José, La Uruca |
CONDICIONES ESPECIALES QUE CONSIDERAR EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
El precio ofertado será analizado desde una perspectiva de valor neto, entendiéndose este como el monto bruto ofrecido menos cualquier comisión inmobiliaria asociada o costos operativos adicionales que, de forma directa o indirecta, deba asumir la Administración de la Resolución de Financiera Desyfin S.A.
La venta se ofrece en el estado físico y jurídico en que el bien se encuentra (“cuerpo cierto / ad corpus”), sin manifestaciones ni garantías de ninguna naturaleza, expresas o implícitas, sobre su estado, aptitud o idoneidad para fines específicos. Para todos los efectos, prevalecerán los datos registrales y catastrales vigentes al momento de la formalización. El comprador declara que ha tenido oportunidad suficiente de inspeccionar el inmueble, recabar información y realizar, por su cuenta y riesgo, todas las verificaciones técnicas, legales, urbanísticas y financieras que estime pertinentes, incluyendo, de forma enunciativa y no limitativa, uso de suelo, retiros, normativa constructiva, disponibilidad y capacidad de servicios públicos (agua, alcantarillado/planta de tratamiento, electricidad, telecomunicaciones), condiciones ambientales y permisos (incluida viabilidad ambiental) y limitaciones de derecho público o privado que puedan incidir en el uso o desarrollo del inmueble.
En consecuencia, el comprador asume íntegramente el riesgo por vicios aparentes y no aparentes, diferencias de área o medidas, costos de regularización, adecuaciones técnicas o constructivas y, en general, por cualquier circunstancia que afecte el aprovechamiento, valor o financiamiento del bien, sin derecho a ajustes de precio, indemnizaciones ni resoluciones por tales conceptos. Será exclusiva responsabilidad del comprador gestionar y obtener permisos, vistos buenos, factibilidades y disponibilidades requeridos por las autoridades competentes; el vendedor no asume obligación o garantía alguna respecto de su otorgamiento, plazos, condicionamientos o costos.
Dada la naturaleza ágil y prioritaria del proceso de resolución, el pago del monto ofertado en caso de resultar adjudicatario debe efectuarse de forma inmediata o en un máximo de 3 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, preferentemente mediante el uso de fondos líquidos disponibles al momento. Asimismo, se requerirá que la transferencia electrónica se realice por medio de una entidad bancaria debidamente autorizada y supervisada por la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) u otra autoridad competente en territorio nacional, lo cual fortalece la seguridad jurídica, operativa y reputacional del procedimiento.
FORMALIDADES REQUERIDAS EN LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
En caso de no cumplir con alguna de las formalidades antes mencionadas, se tendrá por no presentada la oferta. Todas las ofertas serán personales o por medio del representante legal, no se aceptarán ofertas por interpósita persona. Tampoco se aceptarán pagos en efectivo, transferencias internacionales o en cheque.
PRECIO DE VENTA
FORMALIZACIÓN Y PLAZO PARA EL PAGO
SELECCIÓN DE LA OFERTA SELECCIONADA
La valoración de las ofertas estará a cargo del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF), una vez recibido el informe técnico formal emitido por la Administración del Proceso de Resolución, el cual deberá contener el análisis, observaciones y recomendaciones respectivas. El CONASSIF, en su calidad de autoridad de resolución, podrá acoger la recomendación de la Administración y adjudicar la oferta, apartarse de dicha recomendación o declarar desierta la venta concursada.